
El límite que rige la Ley de Propiedad Intelectual de la copia privada es el límite del derecho exclusivo de los autores, en el que se da libertad a la persona a proceder a realizar copias de la obra sin la autorización de su autor o los titulares de los derechos de esta propiedad intelectual. El requisito previo es el de que la copia de la obra ya esté divulgada.
Si observamos el panorama español encontramos diferentes organismos que se ocupan de cada función al respecto de los derechos de propiedad intelectual. Estos organismos son SGAE, DAMA, AIE, EGEDA, AGEDI, AISGE Y VEGAP.

Otra sociedad es la de Derechos de Autor de Medios Audiovisuales, DAMA, que gestiona de forma especializada la recaudación, gestión y el reparto de los derechos de autores en el medio audiovisual. El objetivo de DAMA es gestionar los derechos de autor de guionistas y directores audiovisuales de forma democrática, interdependiente, autónoma y libre. La recaudación, el reparto y el control son diseñados por y para los autores audiovisuales.

Otra entidad que gestiona los derechos de autor es la Entidad de Gestión de Derechos de los Productores Audiovisuales, EGEDA, que se ocupa de gestionar los derechos que representan y defienden los intereses de los productores audiovisuales. Su vicepresidente es Agustín Almodobar, y como presidente Enrique Cerezo.
En cuanto a la gestión de los derechos intelectuales, encontramos AGEDI, que es la Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales. Es una asociación sin ánimo de lucro en la que trabajan productores fonográficos para gestionar de forma colectiva el derecho de comunicación pública y el de reproducción de los videos musicales y fonogramas.
En cuanto a los derechos de los actores, dobladores, bailarines y directores en escena, encontramos la entidad Artistas, Intérpretes, Sociedad de Gestión, Aisge. Esta entidad se encarga de gestionar los derechos de propiedad intelectual de actores, dobladores, bailarines y directores en escena. Las actuaciones que hayan sido fijadas en un soporte audiovisual por parte de los artistas, recibirán una cantidad económica que será proporcional al trabajo que realizan en la obra.
Por último, pero no por ello menos importante, encontramos la Visual Entidad de Gestión de Artistas Plásticos. Esta sociedad gestiona de de forma colectiva en los derechos de propiedad intelectual de los creadores visuales en España. Su trabajo abarca cualquier entidad de gestión de derechos de autor. Como se trata de obras plásticas, destaca la labor a la hora de realizar el derecho de participación de los artistas llegando a acuerdos generales con las asociaciones implicadas para posteriormente repartir lo recaudado.

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